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Muchos residentes permanentes se preguntan cómo hacer si desean traer a sus padres a vivir con ellos a los Estados Unidos. Muchos buscan la manera de cómo reunirse con sus familiares y así poder brindarle una mejor calidad de vida y así reunir a la familia. También muchos se preguntan a quién puede pedir un ciudadano americano. La primera instancia que debes de realizar es una petición familiar i 130 a la USCIS, la cual debe ser aprobada por el organismo. En segunda, si tus familiares no se encuentran en Estados Unidos, se les notifica para que asistan al consulado de los Estados Unidos para completar el proceso de visa de inmigrante. Cuando los familiares ya están en Estados Unidos podrán presentar el ajuste de su estatus y pasar a ser residentes permanentes legales.

Además cabe aclarar que para traer a sus padres a vivir en los Estados Unidos como residentes permanentes, debes de ser ciudadano estadounidense y tener por lo menos 21 años. Los residentes permanentes no pueden traer a sus padres a vivir permanentemente en los Estados Unidos.

¿Necesitas mayor información?

    ¿Quienes son elegibles para una petición familiar i 130?

    • Madre vive fuera de los Estados Unidos

    • Padre vive fuera de los Estados Unidos

    • Padre vive fuera de Estados Unidos y tú naciste fuera del matrimonio y no fue legitimado por su padre antes de los 18 años

    • Padre vive fuera de los Estados y tú naciste fuera del matrimonio pero sí fue legitimado por el padre antes de los 18 años

    • Petición para presentar para traer a su padrastro a vivir en Estados Unidos

    • La petición a presentar para traer a padre adoptivo a vivir en Estados Unidos

    Luego de haber realizado la petición familiar i 130 la USCIS avisará cuando el formulario ha sido aprobado o denegado. Su USCIS aprueba la petición familiar i 130 y su familia vive fuera de Estados Unidos, deberá de presentarse al consulado local de los Estados Unidos, para completar el procesamiento de su visa.

    En el caso que su familiar se encuentra actualmente en los Estados Unidos, puede ser elegible para tramitar el formulario i-485. (Solicitud de residencia permanente o ajuste de estatus) y al mismo tiempo tramitar la petición familiar i 130. 

    ¿Podrá hacer un cambio de estado?

    Siempre y cuando se cumplan los siguiente requisitos básicos: 

    • El solicitante debe estar físicamente presente en los Estados Unidos

    • La petición de inmigración del solicitante debe haber sido aprobada

    • No debe haber ingresado indocumentado a los Estados Unidos

    • Ningún cambio en las circunstancias (matrimonio, fallecimiento del patrocinador, empleo si esta patrocinado)

    ¿Cuales son los requisitos durante el proceso de solicitud?

    La petición familiar i 130 para pariente extranjero (si estás presentado una solicitud para ambos padres, deberás presentar una solicitud por separado para cada uno). Una copia de tu certificado de nacimiento que muestre tu nombre y los nombres de ambos padres. Se debe de presentar en inglés, si esta en español, debes de presentar una traducción al inglés junto con el documento.

    Si tu nombre o el nombre de tu padre es diferente del nombre que figura en el certificado de nacimiento, deberás presentar evidencia del cambio de nombre legal.

    Si no naciste en Estados Unidos estos son los documentos

    Debes de presentar el certificado de naturalización o ciudadanía, tu pasaporte de los Estados Unidos, una copia del certificado de matrimonio civil de tus padres. Además de una copia de todos los decretos de divorcio, certificados de defunción o decretos de anulación que demuestran que cualquier matrimonio anterior contraído finalizó legalmente.

    ¿A quien puede pedir un ciudadano americano?

    Los ciudadanos americanos podrán solicitar a los siguientes familiares y estos gozarán del beneficio de la Green Card, o la visa de No inmigrante k-3/k-4.

    • Cónyuge

    • Hijos solteros y menores de 21 años de edad

    • Hijos e hijas casados y/o de 21 años de edad o mayores

    • Padres, si tú tienes 21 años o más

    • Hermanos, si tú tienes 21 años o más

    • Prometido/a que reside fuera de Estados Unidos e hijos del prometido/a menores a 21 años

    • Hijos de cónyuge solteros y menores de 21 años

    Existen visas disponibles para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses. Lo que significa que el familiar no tiene que esperar un turno para obtener la visa. A lo que respecta a otros familiares las categorías de preferencia aplican a familiares que no son familiares inmediatos. Las visas asignadas a estas categorías están sujetas a las cantidades máximas reglamentarias anuales. Así que una visa se tornará disponible para una categoría preferencial a base de la fecha de prioridad. Estas categorías de preferencias se dividen en:

    • Primera preferencia

    • Segunda preferencia 2A

    • Segunda preferencia 2B

    • Tercera preferencia

    • Cuarta preferencia

    Si tú o un familiar es miembro de las Fuerzas Armadas, se pueden aplicar condiciones especiales a su situación.

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      ¡Permiso de trabajo!

      Tus padres no necesitan solicitar una autorización de empleo una vez que hayan sido admitidos como inmigrantes con su visa de inmigrante. Si tus padres se encuentran fuera de los Estados Unidos, reciben un sello en el pasaporte cuando lleguen a EEUU. El sello permitirá que tengan permiso de trabajar en los Estados Unidos mientras obtienen su Green Card. Si tus padres están dentro de Estados Unidos y han presentado una solicitud para ajustar el estatus de residentes permanentes mediante el formulario i 485. Son elegibles para solicitar autorización para trabajar y viajar mientras que su caso está pendiente.

      Aclarando, si tus padres tienen niños menores de edad en el extranjero, (tus hermanos) no pueden ser patrocinados bajo la misma petición familiar i 130. Se podrá realizar una petición hasta después que tus padres se hayan convertido en residentes permanentes. Siempre se tendrá que tramitar una petición familiar i 130 nueva para cualquier pariente que califica.

      ¿Puedo apelar si la petición fue denegada?

      Si se negó la petición de visa que has tramitado, la carta donde menciona la negación te dirá cómo apelar y cuando debe tramitar la apelación. Luego de que se procese el formulario de apelación y se cancele la tarifa correspondiente, la apelación será referida a la junta de apelaciones de Inmigración.

      ¿Cuánto demora una reclamación?

      Los cónyuges y miembros de familia quienes se le considera n la categoría de familia inmediata, por lo general obtienen las visas entre los 6 y 12 meses después de la presentación de sus solicitudes.  Si tus familiares entrán en la categoría de preferencia familiar el tiempo de espera es más largo es desde los 6 meses hasta los 6 años, para obtener la visa.

      Busca la asesoría de un abogado de inmigración para realizar este tipo de trámites y así evitar algún retraso por falta de documentación o algún factor que no haya sido contemplado. Y evitar así la denegación de la petición familiar i 130. 

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